La Ley de la Economía Popular y Solidaria de Ecuador


Enrique Velázquez Zárate


La Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y de su sector financiero de Ecuador, documento aún preliminar pero prácticamente listo para ser aprobado por la Asamblea Nacional del referido país hermano del sur, contempla los siguientes elementos:

Definición de economía popular y solidaria

Conjunto de actividades económicas, personales y familiares dedicadas a la producción de bienes y servicios destinados al autoconsumo o al mercado, con el fin de generar ingresos para la subsistencia de quienes la practican. Es también un conjunto de actividades efectuadas a través de formas colectivas de organización económica autogestivas y asociativas para satisfacer las necesidades comunes de sus miembros.

Propósito General de la Ley

Regular o reglamentar el artículo 283 de la Constitución Política, que se refiere al sistema económico popular y solidario que rige a Ecuador desde el año 2008, de manera que se le conciba legalmente y se precise normativamente a los sectores que lo constituyen (comunitario, asociativo y cooperativo), a la vez que se fortalezca su sector financiero popular y solidario; se le dote de una institucionalidad propia y diferenciada y de una relación con el Estado más efectiva y eficiente, a través de un conjunto de políticas públicas integrales.

Objeto de la ley

Reconocer, fortalecer, promover, proteger y fomentar la economía popular y solidaria; acompañar, regular y controlar sus formas de organización; normar las funciones de las entidades públicas responsables de la aplicación de la propia ley.

Principios de la economía popular y solidaria

Compromiso con la comunidad y responsabilidad con el ámbito territorial; búsqueda del bien común para todos y no discriminación, ni concesión de privilegios a ninguno de sus miembros; autogestión democrática, participativa y deliberativa, autocontrol y autorresponsabilidad; prevalencia del trabajo sobre los recursos materiales y de los intereses colectivos sobre los individuales; mantenimiento y fortalecimiento de un patrimonio y actividad económica comunes.

Fondo de liquidez y seguro de depósitos

Se crea un Fondo de Liquidez del sector financiero de la economía popular y solidaria que concederá créditos de última instancia para cubrir deficiencias transitorias de liquidez a las entidades aportantes al mismo.

También se crea el Fondo del Seguro de Depósitos del Sector Financiero de la Economía Popular y Solidaria, que será administrado por la Corporación del Seguro de Depósitos (Cosede).

Sobre las relaciones con el Estado

El órgano rector es el Comité Interinstitucional de la Economía Popular y Solidaria, que formula las políticas públicas para su promoción, acompañamiento, fortalecimiento, regulación y supervisión de sus formas de organización. Está constituido por los ministerios de Estado, responsables de la Política Económica, de la Producción y de Desarrollo Social; y por el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo.

Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria

El organismo tendrá como misión fundamental impulsar el desarrollo, fortalecimiento y consolidación de la economía popular y solidaria, en el contexto del sistema económico previsto en la Constitución de la República, y consistente con el Plan Nacional de Desarrollo, los planes de desarrollo territorial nacional y las políticas de gobierno.

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